¿Qué pasa si el denunciado no va a Juicio?
La incomparecencia de alguna de las partes no impedirá que se celebre el juicio en su ausencia, sin embargo no es conveniente ya que contarán con menos medios de prueba para defender sus intereses y se verán mermadas enormemente sus pretensiones.
Si el denunciado vive fuera de la demarcación de ese juzgado si que tiene la posibilidad de apoderar a un abogado para que lo represente en el juicio, o bien presentar un escrito de alegaciones directamente en el Juzgado.
¿Qué pasa si no va el denunciante?
Si el denunciante no va al juicio por delitos leves, lo más seguro es que el Juzgado dicte una sentencia absolutoria.
Los testigos y peritos que hayan sido citados tienen la obligación de ir a juicio, ya que si no se exponen a multas de entre 200 y 2000 euros.
¿Cuál es la pena por delito leve?
Las consecuencias de una condena por delitos leves pueden ser la imposición de una multa de máximo de 3 meses con una cuota de entre 200 y 400 euros, siempre en función de la capacidad económica del denunciado ya condenado.
El pago de la multa es muy importante, ya que podría tener consecuencias muy negativas si no la abona. El artículo 53 del Código Penal dice que por 2 días de impago de multa corresponde a un día cárcel. De ahí la importancia del abono.
Si sus posibilidades económicas son limitadas, el juzgado le ofrecerá la posibilidad de fraccionar la multa en cómodos pagos de cincuenta euros mensuales de acuerdo a su situación económica, aportando nómina, cartilla del paro o cargas familiares varias (hipotecas, libros de familia, entre otros).
Otra pena puede ser la localización permanente, una especie de arresto domiciliario o la prohibición de acercamiento a un determinado lugar o a una determinada persona.
¿Tendré antecedentes penales?
La condena conllevará siempre antecedentes penales, que serán cancelables en el plazo máximo de 6 meses desde el cumplimiento de la condena.
Los delitos leves como tal no son delitos que conlleven una gran responsabilidad penal, si bien es cierto tiene consecuencias negativas ya que si es condenado tendrá antecedentes penales.
Usted podrá cancelar los antecedentes por la comisión de un delito leve a los 6 meses desde la fecha de cumplimiento de la condena. Es decir, el tiempo empezará a contar desde el día que haya abonado la multa impuesta en sentencia por ejemplo.
¿Se consideran los antecedentes por delitos leves a efectos de suspensión de la pena privativa de libertad?
Los delitos leves no cuentan a efectos de suspensión de la pena privativa de libertad. Es decir, si usted comete un segundo delito y le sentencian con una pena de prisión de menos de dos años se le podrá suspender, aunque tenga antecedentes por la comisión de un delito leve.
