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El conductor, que circulaba en sentido contrario y bajo los efectos del alcohol, permanece en prisión provisional comunicada y sin fianza por estos hechos

Concluida la instrucción, el fiscal y la acusación particular deberán presentar ahora sus escritos de calificación como paso previo a la apertura del juicio oral

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Torrelavega ha dictado el auto que pone fin a la instrucción seguida contra el hombre que el pasado verano condujo varios kilómetros en sentido contrario por la A-67 y provocó la muerte de un joven que viajaba en su vehículo.

En un auto notificado hoy, la magistrada imputa al hombre, de treinta años de edad, un delito de homicidio imprudente en concurso con un delito de conducción temeraria.

La resolución, que no es firme y puede ser recurrida, es el paso previo a que las acusaciones formalicen sus escritos y, posteriormente, a que se proceda a la apertura de juicio oral.

Los hechos tuvieron lugar el pasado 28 de agosto, y cuatro días después se acordó la prisión provisional comunicada y sin fianza del kamikaze, medida cautelar que actualmente sigue vigente.

Según relata el auto conocido hoy, el imputado había estado de fiesta en Bilbao la tarde anterior junto con un amigo, quien le trasladó desde la Hostería de Boo hasta la capital vizcaína y, posteriormente, le devolvió al mismo lugar.

Sobre las cinco de la madrugada del 28 de agosto regresaron a Boo, donde el imputado cogió su vehículo. Tras conducir por la CA-231, accedió a la A-67 por la salida 195.

En su recorrido se cruzó con varios vehículos que trataron de alertarle de que conducía en sentido contrario.

Tras recorrer algo más de nueve kilómetros impactó frontalmente con otro coche, cuyo conductor, de 34 años de edad, murió en el acto.

Según la resolución judicial, el imputado está diagnosticado de problemas relacionados con el alcohol y trastorno de pánico. En el momento del siniestro seguía tratamiento con un antidepresivo.

Tras los hechos, se le tomaron muestras de sangre cuyo análisis determinó la presencia de 1,93 gramos de alcohol por litro de sangre, sin que se detectaran sustancias estupefacientes.




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