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Así, lo recalca el Tribunal Supremo en una nueva Sentencia, la nº 581/2023, de 11 de julio (Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina) que estima el recurso de casación interpuesto por la propietaria de un Bar donde se habían emitido dos partidos de fútbol gracias a un decodificador pirata, dejando sin efecto la condena a 6 meses de prisión y multa de 12 meses con una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria, por un delito contra la propiedad intelectual, que previamente le había sido impuesta por el Juzgado de lo Penal nº5 de A Coruña y que fue confirmada por la Audiencia Provincial de A Coruña (Sección Segunda), manteniendo la condena de una multa de 3 meses con una cuota diaria de 6 euros que también le había sido impuesta por un delito contra el mercado y los consumidores.



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