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La sentencia núm. 179/2023, de 10 de abril, de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha marcado un hito en el ámbito del derecho concursal español al ser la primera que se pronuncia sobre la impugnación judicial de la validez de un plan de reestructuración aprobado por los acreedores y homologado por el juzgado mercantil. En este caso, la sentencia se refiere a la impugnación por parte de tres acreedores de un plan de reestructuración aprobado y homologado judicialmente, respecto de XELDIST CONGELADOS, S.L.U. (Caso XELDIST). La homologación del plan se dictó en virtud del Auto 189/2022 del Juzgado Mercantil 3 de Pontevedra, de 2 de diciembre de 2022, el cual extendió los efectos del plan al deudor y a todas las clases de créditos afectados por el mismo.



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