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  • Las sanciones impuestas a las 13 empresas se elevan a un total de a 6,12 millones de euros y se multa también a uno de sus directivos
  • Las empresas se repartieron la construcción del Hospital Universitario Central y la obra del Puerto del Musel, entre otras
  • Para participar en los concursos públicos, utilizaron la figura de las UTE (Unión Temporal de Empresas) sin que fuera necesario
  • Las conductas se prolongaron de forma ininterrumpida durante al menos 15 años

CNMC. La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado a un total de 13 empresas y a uno de sus directivos, con un total de 6,12 millones de euros por haber constituido un cártel para repartirse el mercado y fijar los precios del suministro de hormigón en Asturias de forma ininterrumpida durante al menos 15 años. Se trata de una infracción única y continuada del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. (S/0545/15 HORMIGONES DE ASTURIAS).

En su Resolución, la CNMC considera que las empresas constituyeron un cártel para repartirse el mercado y fijar los precios de suministro de hormigón en varias zonas de Asturias. Para ello,  llevaron a cabo acuerdos para la asignación de obras públicas y privadas entre las empresas hormigoneras, se intercambiaron información para conseguir los contratos y para hacer un seguimiento de los acuerdos alcanzados y los mantuvieron secretos, entre otras conductas ilícitas.

Los cárteles constituyen una de las prácticas más dañinas para la competencia por sus efectos nocivos sobre el consumidor. En este caso concreto, se repartieron el mercado y fijaron precios de suministro, por lo que encarecieron el coste de la obra para las empresas licitadoras y para la Administración.

Grandes obras públicas afectadas por el cártel

Estas prácticas afectaron a algunas grandes obras públicas que se ejecutaron en el Principado, entre otras las del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) o el Puerto del Musel en Gijón. De esta forma, las empresas integrantes del cártel se repartieron los contratos públicos para su ejecución y utilizaron la figura de las Uniones Temporales de Empresas (UTEs) para acudir a grandes concursos públicos cuando en realidad no era necesario.

En el caso de la obra del Puerto del Musel (Gijón), únicamente dos de las empresas figuraron como suministradoras oficiales de cara al contratista, pero en realidad fueron 9 hormigoneras pertenecientes al cártel las que llegaron a un acuerdo encubierto para repartirse el suministro de hormigón entre todas ellas.

En el caso de la obra en el Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA), las empresas optaron por formalizar el acuerdo mediante la creación de una UTE, que denominaron UTE HOSPITAL. La creación de una UTE de tal dimensión para el suministro de hormigón resultaba a todas luces innecesaria, a la vista de la información aportada por la propia contratista.

Reparto del mercado y otras prácticas

La CNMC además ha acreditado que en el caso del reparto del mercado para el suministro de hormigón, además de las UTEs, las empresas llegaron a acuerdos para el reparto de clientes y para los precios a los que se suministraba el material, que se iba registrando en unas tablas con la relación de obras adjudicadas, identificadas por una breve denominación y por el nombre del cliente.

La CNMC ha constatado también que el intercambio de información entre las empresas para conseguir y hacer un seguimiento de los acuerdos alcanzados formaba parte del modus operandi. Éste se realizaba  en forma de reuniones, envíos de correos electrónicos e incluso de Whatsapps y faxes. Además, los acuerdos tenían un marcado carácter secreto y dificultaban la identificación de los responsables con pseudónimos (los participantes se identificaban a través de números para preservar su identidad).
 
Por todo ello, una vez finalizada la instrucción del expediente, la CNMC  ha acreditado una infracción única y continuada del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, y ha impuesto las siguientes sanciones a:
 
Lafarge Áridos y Hormigones, S.A. (LAFARGE), 1.855.341 euros.

General de Hormigones,  S.A. (GEDHOSA), 1.758.251 euros.

Hánson Hispania, S.A. (Hanson), 1.710.812 euros.
 
Hormigones Aviles Oviedo, S.A. (HORAVISA), 136.877 euros.
 
Fábrica de Hormigones Industriales, S.A. (Fhisa), 129.989 euros.
 
Panelastur, S.L. (PANELASTUR), 107.835 euros.
 
Hormigones Pelayo, S.A, (Pelayo), 103.365 euros.
 
Hormigones del Sella, S.A. (Horsella), 102.922 euros.
 
Hormigones Nalón, S.A. (Gonasa), 78.170 euros.
 
Juan Roces, S.A. (Juan Roces),  54.956 euros.
 
Canteras del Noroeste S.L. (CADESA), 49.160 euros.
 
Hormigones de Avilés, S.A. (H. Avilés), 18.238 euros.
 
Essentium Hormigones, S.L. (Essentium), 1.880 euros.
 
El artículo 63.2 de la LDC establece la posibilidad de sancionar a los representantes legales o las personas que integran los órganos directivos que hayan intervenido en los acuerdos o decisiones. La CNMC ha impuesto una multa de 12.000 euros a D. Moisés Ferreras Fernández (Directivo de Fhisa).
 
La CNMC considera prioritaria la lucha contra los carteles y recuerda que para su detección cuenta con el Programa de Clemencia, mediante el que la empresa y/o el directivo que haya participado en un cártel puede aportar información sobre el mismo, escrita o verbalmente en la sede de la CNMC a cambio de la exención total (o a una reducción) de la multa que le correspondería.

Asimismo, se ha habilitado en la CNMC un Buzón de Colaboración donde los operadores o personas físicas pueden facilitar información a la autoridad de competencia sobre este tipo de infracciones muy graves.

La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

(S/0545/15 HORMIGONES DE ASTURIAS)




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