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La Comisión Europea ha llegado a la conclusión de que Correos, el operador público español de servicios postales, recibió una compensación excesiva por la prestación del servicio postal universal obligatorio entre 2004 y 2010, y también de que se benefició de exenciones fiscales incompatibles. España tiene que recuperar ahora 167 millones de euros de Correos.

 

España encomendó a Correos la prestación del servicio postal universal obligatorio, consistente en la prestación de servicios postales básicos en todo el país a precios asequibles y con sujeción a determinados requisitos mínimos, por ejemplo, en cuanto al número de entregas semanales.

El 11 de febrero de 2016, la Comisión Europea abrió una investigación en profundidad para examinar si varias ayudas estatales concedidas a Correos como compensación por el desempeño de sus obligaciones de servicio público se ajustaban a las normas sobre ayudas estatales de la UE.

La Comisión examinó las ayudas con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE en materia de compensación por la prestación de un servicio público, adoptadas en 2011. Según las normas, los Estados miembros pueden conceder ayudas estatales a las empresas a fin de compensar el sobrecoste que entraña la prestación de un servicio público, siempre que se cumplan determinados criterios. En particular, esto requiere que las empresas encargadas de dichos servicios no reciban una compensación excesiva. Evitar las compensaciones excesivas minimiza el falseamiento de la competencia y garantiza un uso eficiente de los recursos públicos.

La evaluación de la Comisión ha puesto de manifiesto lo siguiente:

  • Correos recibió una compensación excesiva por un importe aproximado de 166 millones de euros por la prestación del servicio postal universal en España durante el período comprendido entre 2004 y 2010.
  • Las exenciones fiscales específicas concedidas desde 2004 a Correos le concedieron una ventaja indebida por un importe de aproximadamente 0,9 millones de euros en total.

Por lo tanto, la Comisión ha llegado a la conclusión de que la ayuda concedida a través de estas dos medidas era incompatible con el mercado interior y ha ordenado a España recuperar los importes indebidos de Correos.

En el curso de su investigación en profundidad, la Comisión también evaluó otras dos medidas de apoyo y comprobó lo siguiente:

  • Las aportaciones de capital concedidas a Correos entre 2004 y 2006 se realizaron en condiciones que un inversor privado que operara en condiciones de mercado habría aceptado, de conformidad con el principio del inversor en una economía de mercado (PIEM). Por lo tanto, la Comisión llega a la conclusión de que esta medida no constituye una ayuda pública a tenor de las normas de la UE.
  • La compensación concedida a Correos desde 2004 por la entrega de material electoral es anterior a la adhesión de España a la UE. En consecuencia, la Comisión ha llegado a la conclusión de que esta medida constituye una ayuda existente que no debe recuperarse.




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