- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha admitido que Evelyn Rochel trabajaba en el Club Flowers en labores de captación y acompañamiento de clientes con independencia de que en el mismo local ejerciera la prostitución
- Aunque en 2007 la empresa dejó de abonar comisiones a las mujeres por las copas que bebían los clientes, la sentencia acredita que había relación laboral. Lo contrario "sería tanto como admitir la esclavitud", reza el fallo
- En los hechos probados, llega a indicar que el convenio colectivo "aplicable a la empresa" es el de Hospedaje de la Comunidad de Madrid
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