La Sección Tercera del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a indemnizar con 9.600 euros en concepto de "daño moral" a un exempleado de un banco que impugnó la legalidad de un despido colectivo al considerar que en los tribunales españoles se vulneró su derecho a un proceso equitativo, contemplado en la Convención Europea de Derechos Humanos. El Estado deberá abonar la suma en un plazo de tres meses.
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