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Los embargos de la nómina

La única forma que la empresa pueda embargar una cantidad al trabajador es que exista una notificación de un juzgado o de la administración púbica, normalmente hacienda o la Seguridad Social, en el que se indique los conceptos a embargar y la cuantía del embargo.

La empresa tiene obligación de atender a dicha obligación, ya que en otro caso, podría ser considerado como responsable subsidiario del abono de dicha deuda.



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