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El procedimiento, digamos, “general” u ordinario, para la contratación de trabajadores extranjeros es el de la “autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena”. Este es un procedimiento que inicia la empresa o empleador en España, ante la Oficina de Extranjeros. Siempre que podamos acudir al trámite para la contratación de profesionales altamente cualificados (PAC), regulado en la ley de emprendedores, acudiría a él y no a este procedimiento, por ser más barato (unos 70 euros en tasas si se trata de PAC en comparación con los 200-400 euros de este trámite) y rápido (20 días en comparación con los 3 meses de promedio de la cuenta ajena inicial).



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