El Juzgado de lo Social número 1 de Pamplona ha estimado la demanda de un trabajador de una empresa láctea de Navarra, al que su mercantil le había denegado la solicitud de que su jornada laboral se adaptara a un turno fijo de mañana debido a que cursa un grado de Química en la UNED y las clases presenciales y tutorías tienen horarios de tarde. La resolución entiende que la decisión de la empresa de denegar dicho turno al empleado no estaba justificada.
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