Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró hoy que es compatible con la legislación comunitaria que un trabajador temporal en España reciba al concluir su contrato una indemnización menor que en el caso de despido de otro temporal o de un empleado fijo. La opinión de la de la abogada general de la corte Juliane Kokott, cuyo análisis no es vinculante pero suele orientar el dictamen del tribunal, se basa en que el término del contrato en la fecha estipulada no supone un elemento de sorpresa para el empleado temporal.
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