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La retirada del Reino Unido de la Unión Europea ha supuesto un nuevo paradigma en materia de cooperación judicial internacional en materia civil. Este pasado julio entró en vigor el Reglamento UE 2020/1784 relativo a la notificación y traslado entre Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales; sustituyendo al anterior Reglamento 1393/2007 introduciendo mejoras en materia de comunicación electrónica y la agilización de otros trámites. Pese a llegar a adoptarse en su momento por los británicos (antes del fin del periodo transitorio y cuando la norma aun no estaba en vigor), el Reglamento 2020/1784 no les es aplicable por lo que deberemos acudir a otro tipo de normas sobre el asunto.



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