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  • De este modo, se extiende el derecho de sufragio, activo y pasivo, a todas las personas con discapacidad, sin excepciones
  • Además, permite suprimir la anomalía democrática que suponía que más de 100.000 personas estuvieran privadas en nuestro país del derecho de voto por razones asociadas a discapacidad

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado, coincidiendo con el día de la Constitución española, la Ley Orgánica de modificación de la Ley del Régimen Electoral General que extiende el derecho de sufragio, activo y pasivo, a todas las personas con discapacidad, sin excepciones. La entrada en vigor de esta reforma legal se producirá el día siguiente al de su aparición en el BOE.

Con la publicación de Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad, culmina un proceso de propuesta, incidencia política y presión social, comenzado hace unos años por el movimiento social español de la discapacidad, encarnado en el CERMI, que ha logrado suprimir la anomalía democrática que suponía que más de 100.000 personas estuvieran privadas en nuestro país del derecho de voto por razones asociadas a discapacidad.

Tras esta modificación legal, a ninguna persona con discapacidad se le podrá retirar en el futuro el derecho de sufragio, y quienes estuvieran en esta situación a su entrada en vigor lo recuperarán de modo automático, por mandato directo de la Ley, sin ningún tipo de gestión o trámite por su parte.

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