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  • La evolución de la deducción respecto de las actividades de software y la fiscalidad de los gastos indirectos vinculados al I+D+i

Pérez-Llorca y Euro-Funding han organizado, por tercera vez, una mesa redonda sobre fiscalidad e I+D+i en la que se debatieron las principales cuestiones sobre deducciones fiscales por I+D+i, tras la última reforma llevada a cabo recientemente. En particular, en esta tercera edición se ha dado mayor relevancia a la aplicación de estos beneficios fiscales al desarrollo de softwar

Tras la presentación por parte de Clara Jiménez, Socia de Fiscal de Pérez-Llorca, y Víctor Tarruella, CEO de Euro-Funding, Juan Manuel Garrido, Subdirector General de Fomento de la Innovación del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, abrió la jornada. En su intervención destacó el crecimiento del número de solicitudes de emisión de informes motivados y el hecho de que haya aumentado considerablemente la proporción de solicitudes de estos informes por parte de PYMES, síntoma de que la pequeña y mediana empresa está tomando un papel relevante en el desarrollo del I+D+i en nuestro país. Asimismo, Garrido repasó las ventajas aparejadas al sello PYME innovadora, así como las novedades que se pretenden poner en marcha en el corto y medio plazo, incluyendo las propuestas que se están estudiando para seguir mejorando el servicio prestado al solicitante de informes motivados desde la Subdirección General.

A continuación tomó la palabra Manuel Olea, ‎Subdirector adjunto en la Subdirección General de Ordenación Legal y Asistencia Jurídica de la ‎Agencia Tributaria, quien expuso una selección de sentencias de nuestros Tribunales que clarifican cuestiones tradicionalmente controvertidas en materia de I+D+i. Además, Olea remarcó otras cuestiones discutidas en la actualidad, como el límite temporal del derecho de la Administración a iniciar actuaciones de comprobación respecto de los contribuyentes; la no deducibilidad de gastos por I+D+i en aquellas entidades que sean meros intermediarios en la realización de actividades de este tipo; o la calificación de los proyectos de desarrollo de software como actividades de I+D+i.

En tercer lugar, Fernando Bonastre, Director de Asuntos Fiscales Downstream y España en Repsol, trató, mediante el análisis de la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 2 de febrero de 2017, la deducibilidad de gastos indirectos y comunes a distintos proyectos cuando la actividad realizada por la entidad se lleva a cabo en un centro tecnológico dedicado en exclusiva a la realización de actividades de I+D+i.

José Tomás Romero, Jefe del Departamento de Innovación de AMETIC, cerró la sesión con una exposición acerca de la situación actual de la deducción fiscal por I+D+i en materia de software desde el punto de vista de las empresas TIC, y aprovechó para destacar la por ahora poco conocida opción de acogerse a deducciones por innovación tecnológica por la realización de pilotos de animación y videojuegos.

La jornada finalizó con un ameno debate entre los ponentes y el público asistente debido a la actualidad de los asuntos expuestos y a las controversias que en ocasiones levantan. 




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