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El Juzgado Mercantil número 8 de Madrid confirma que un adelanto superior a una hora en un vuelo equivale a una cancelación. En una sentencia, notificada recientemente a reclamador.es, el juez aplica la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2021 C-263/2020, alegando que un vuelo se entenderá cancelado cuando el transportista aéreo encargado de efectuarlo, lo adelante más de una hora y por lo tanto quedará sometido a las mismas consecuencias legales.



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