1. La protección de la publicidad inmobiliaria está encomendada a los Registradores de la propiedad. Tienen estos la doble consideración de profesionales del derecho y funcionarios públicos. Como funcionarios, son admitidos al ejercicio de la función pública encomendada en virtud de un título administrativo habilitante (admisión). Articulan su quehacer mediante la calificación de los títulos presentados para inscripción y las labores de publicidad.
LEER NOTICIA COMPLETA.
No hay comentarios.