Recientemente se ha dictado la sentencia de la sección 19ª de la Audiencia Provincial de Barcelona número 102/2023 de 24 de febrero (pendiente de publicar en el CENDOJ) que estima un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia que declaró la anulabilidad por vicio en el consentimiento de la ampliación de valores del año 2016 y la existencia de vicio en el consentimiento por falta de información del folleto informativo y que afectó a la toma de decisión de las acciones preexistentes.
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