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Recibimos un gran número de consultas en relación con la obligación o no de mantener una copropiedad. Normalmente esta circunstancia se produce como consecuencia de procesos hereditarios.

Según establece el artículo 552-10 del Código Civil Catalán, cualquier copropietario puede pedir, en cualquier momento, la división de la copropiedad. Por lo que nadie está obligado a compartir la titularidad de un bien, si uno no quiere.



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