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Ya se ha publicado en el BOE la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas, que entrará en vigor a los 20 días de su publicación. (Pueden descargarla pinchando aquí)

Mediante la modificación del art. 250.1.4º LEC, el texto establece que la persona física que sea propietaria o poseedora legítima, las entidades sin ánimo de lucro y las entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social podrán pedir la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o una parte de ella siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento.



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