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¿Quién responde ahora de la ejecución del contrato? De la mala o de la buena ejecución. Se trata de una cuestión para nada menor, pues con demasiada frecuencia situamos el foco del contrato en la elaboración del expediente de contratación, redactamos magníficos pliegos, tanto administrativos como técnicos, imponemos múltiples obligaciones y requisitos que deben concurrir en la ejecución del contrato, pero una vez adjudicado, aparcamos el contrato, lo entregamos al adjudicatario y no volvemos a preocuparnos del mismo hasta su liquidación.



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