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Durante los meses de verano, los conductores tienden a realizar ciertos actos al volante que, sin ser conscientes, suponen una serie de infracciones sancionables.

Con la subida de temperaturas, una de las multas más frecuentes, en este período, es conducir llevando puestas unas chanclas, bañador o ir sin camiseta. Es cierto, que no existe una ley concreta que prohíba conducir el coche así, pero, sí, hay dos artículos del Reglamento General de Circulación (RGC) que aluden a las sanciones que se pueden imponer si esto impide el control del coche o la libertad de movimientos del conductor.

“Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos” según el artículo 17 del RGC. La sanción impuesta por no cumplir dicha norma podría ser de hasta de 200 euros, aunque no llevaría pérdida de puntos.

Con respecto a las sanciones por no llevar puesta la camiseta, el objetivo principal de la DGT es que el conductor no sufra heridas en un hipotético accidente; en este caso el artículo 18 del RGC regula la garantía de la propia seguridad del conductor. La sanción también ascendería hasta los 200 euros.

En definitiva, se recomienda conducir de manera cómoda, con ropa amplia, y, con calzado flexible y sujeto a los pies, lo que permitirá que el usuario maniobre con fuerza, seguridad y precisión los pedales, evitando que se pudiera resbalar el pie o, incluso, quedarse enganchado a los pedales. Al igual, se recuerda al conductor que lleve prendas de repuesto si su intención es ir a la piscina o a la playa.

Otra de las situaciones más comunes en estos meses, con la cual se comete una infracción es apoyar el codo por la ventanilla. Una acción habitual con la llegada del calor, bajar la ventanilla y sacar el brazo, pero puede recibir por ello una sanción que podría llegar a ser de hasta 200 euros. También, supone una multa cuando el copiloto apoya los pies sobre el salpicadero, sea con zapatos o sin ellos, ya que supone una postura muy peligrosa en caso de accidente. Por ello, el acto es sancionable con hasta 100 euros.

Como consecuencia de la bajada de ventanillas, la música que suena dentro del coche podría llegar a molestar si se sube más de lo legal. Si esta situación supera la normalidad convirtiendo el coche en una discoteca móvil puede acarrear una sanción de tráfico si pasas por zonas de descanso (hospitales, zonas residenciales, etc.). La cantidad variaría, según las distintas ordenanzas municipales, entre 80 o 100 euros, o, incluso, de importes superiores, si se sancionase por la aplicación de otro tipo de Ordenanzas, como podrían ser las protectoras de la convivencia ciudadana o del medio ambiente, donde el importe podría alcanzar los 2.400 euros.

Por último, en temporada alta de viajes es habitual utilizar el GPS para evitar perdernos, pero se debe hacer con cuidado y sin poner en peligro a nadie. Por ello, manejarlo durante el trayecto está prohibido porque resta eficacia a los sentidos, no cumplirlo supone una infracción castigada con una multa de 200 euros y la pérdida 3 puntos del carné. Además, es importante la ubicación del elemento ya que una mala visibilidad supondría un riesgo y como consecuencia una sanción económica.




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