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I. ¿Qué es el procedimiento administrativo común?

El procedimiento administrativo es el conjunto ordenado de trámites y actuaciones formalmente realizadas según el cauce legalmente previsto, para dictar un acto administrativo o expresar la voluntad de la Administración. Por su parte, el profesor Santiago Muñoz Machado define al procedimiento administrativo común, como el “Procedimiento que, contenido en una legislación dictada por el Estado Central, es aplicable a todas las administraciones públicas, no porque se trate de una competencia estatal plena, ni de una normativa básica o de un procedimiento general y formalizado, sino por recoger las garantías jurídicas de los particulares en el seno de cualquier procedimiento y los aspectos centrales o nucleares del procedimiento administrativo como institución jurídica, que han de respetarse en todo caso, esto es, no solo por el propio Estado central cuando regule otros procedimientos, sean generales o especiales, en materias de su competencia, sino también por las comunidades autónomas cuando establezcan normas procedimentales de tramitación ordinaria, sean generales o especiales, en materias de su competencia o especialidades procedimentales, derivadas de su propia organización”.



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