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  • En su paquete mensual de decisiones sobre procedimientos por incumplimiento, la Comisión Europea ha emprendido acciones jurídicas contra diversos Estados miembros por no haber cumplido adecuadamente las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho de la UE. Estas decisiones, que abarcan varios sectores y ámbitos de actuación de la Unión, pretenden garantizar la correcta aplicación del Derecho de la UE en beneficio de los ciudadanos y de las empresas.

A continuación se presentan las principales decisiones adoptadas por la Comisión Europea, agrupadas por ámbitos de actuación; incluyen 9 escritos de requerimiento, 54 dictámenes motivados y 5 remisiones al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asimismo, la Comisión Europea archiva 122 asuntos que los Estados miembros afectados han resuelto sin que la Comisión tenga que seguir adelante con el procedimiento.

Para más información sobre los procedimientos por incumplimiento, véase la nota informativa completa: MEMO/12/12. Para más detalles sobre todas las decisiones, véase el registro de decisiones sobre procedimientos por incumplimiento.

Mercado interior de la energía: La Comisión insta a ESPAÑA a cumplir plenamente el tercer paquete energético

En el día de hoy, la Comisión Europea ha solicitado formalmente a España que garantice la correcta aplicación de la Directiva sobre la electricidad (Directiva 2009/72/CE) y la Directiva sobre el gas (Directiva 2009/73/CE). Estas Directivas forman parte del tercer paquete energético y contienen disposiciones esenciales para que los mercados de la energía funcionen correctamente, como, por ejemplo, normas sobre separación efectiva entre suministradores y productores de energía, normas para fortalecer la independencia y las competencias de las autoridades reguladoras nacionales y normas en beneficio de los consumidores. La Comisión constató que la actual legislación española impide a las empresas distintas de los gestores históricos nacionales de las redes de gas y electricidad construir y explotar interconexiones con otros Estados miembros. Asimismo, España ha transpuesto incorrectamente algunas disposiciones sobre la independencia de la autoridad nacional de reglamentación. En febrero de 2015 se envió una carta de emplazamiento a España. Dado que el cumplimiento de la legislación de la UE aún no está en marcha, la Comisión le envía ahora un dictamen motivado. El Estado miembro dispone de dos meses para notificar a la Comisión las medidas adoptadas para corregir la situación; tras lo cual, la Comisión podría decidir remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la UE. Para más información sobre la normativa del mercado interior de la UE, véase el sitio web de la DG Energía.

Libre circulación de profesionales: la Comisión insta a los Estados miembros a que transpongan la normativa de la UE sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales

La Comisión Europea ha enviado hoy dictámenes motivados a 14 Estados miembros para que transpongan la Directiva 2013/55/UE, sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales. La Directiva establece un moderno sistema de la UE de reconocimiento de cualificaciones profesionales, simplifica las normas existentes y acelera los procedimientos de reconocimiento, garantizando al mismo tiempo que los profesionales cualificados que deseen trabajar en otro Estado miembro cumplan los requisitos del país de acogida. La Directiva debería haber sido incorporada al Derecho nacional antes del 18 de enero de 2016. No obstante, Austria, Bélgica, Chipre, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Luxemburgo, Malta, los Países Bajos, Portugal, Eslovenia, España y el Reino Unido todavía no han notificado a la Comisión la incorporación completa de la Directiva a su ordenamiento jurídico nacional. Los Estados miembros disponen ahora de dos meses para notificar a la Comisión la incorporación completa de la Directiva; de no hacerlo, la Comisión Europea podría decidir llevarlos ante el Tribunal de Justicia de la UE.

Migración irregular: La Comisión insta a España a garantizar la plena transposición de la Directiva de la UE sobre retorno

La Comisión Europea pide que España acelere la aplicación de la Directiva sobre retorno (Directiva 2008/115/CE) en determinados ámbitos específicos, garantizando la plena transposición de todas las disposiciones al Derecho nacional. Las disposiciones que España no ha transpuesto correctamente incluyen la definición de retorno en el Derecho nacional, la obligación de adoptar decisiones de retorno de nacionales de terceros países en situación irregular y una definición clara de la función del Defensor del Pueblo como órgano de supervisión con arreglo a la Directiva sobre retorno. La Comisión pide que España adecue su normativa a la Directiva sobre retorno de la UE y envía ahora un dictamen motivado a este efecto. Si España no soluciona la situación en un plazo de dos meses, la Comisión podrá decidir llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE.

La Comisión Europea persigue activamente la correcta aplicación de la normativa europea sobre precursores de explosivos

El Reglamento (UE) n.º 98/2013, sobre comercialización y utilización de precursores de explosivos, es aplicable en los 28 Estados miembros de la UE desde septiembre de 2014. Establece un marco común de la UE para impedir la utilización incorrecta de determinadas sustancias químicas que puedan utilizarse como precursores de explosivos. La mayoría de Estados miembros ha aplicado plenamente el Reglamento, pero en algunos Estados miembros no todas las disposiciones se aplican totalmente. Por este motivo, la Comisión ha iniciado procedimientos de por incumplimiento con el envío hoy de una carta de emplazamiento hoy a Chipre, Francia, Luxemburgo y España. Con arreglo al Reglamento, los Estados miembros deben, entre otras cosas, crear puntos de contacto nacionales, a los que deben comunicarse las transacciones sospechosas y todo robo y desaparición significativos de sustancias reguladas. Los Estados miembros deben también difundir directrices y aplicar sanciones. Si los Estados miembros deciden no mantener una prohibición total de las sustancias, deben notificar a la Comisión las excepciones en el marco de un régimen de concesión de licencias o de registro. Los Estados miembros afectados disponen ahora de dos meses para presentar sus observaciones. La correcta aplicación del Reglamento relativo a los precursores de explosivos es un elemento importante de la Agenda Europea de Seguridad y de la comunicación de la Comisión sobre la manera de avanzar hacia una auténtica Unión de seguridad.

Más información sobre el procedimiento de infracción de la UE: http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-12-12_es.htm.

Más detalles sobre todas las decisiones tomadas hoy : http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-16-3125_es.htm...

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