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Compra de vivienda de segunda mano, adquisición de vehículos usados, compras de artículos en Wallapop, Vibbo… Estos son varios supuestos en los que se debe, o debería, pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Y decimos debería porque es raro encontrarnos con casos en los que las compras entre particulares se declaren y abone el ITP.

¿Qué es el ITP?

Antes de continuar, vamos a definir qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o ITP. Lo primero que debemos saber es que su nombre técnico es Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Se define como un tributo de naturaleza indirecta que grava las transmisiones patrimoniales onerosas, es decir, que ocasionan un gasto. Se aplica también a actividades societarias y actos jurídicos documentados.

Centrándonos en esta ocasión exclusivamente en las transmisiones patrimoniales onerosas y, una vez definido qué es el ITP, veamos cuándo y cuánto se debe abonar por este tributo.

¿Quién es el sujeto pasivo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El sujeto pasivo, es decir, el obligado al pago de este impuesto, es la persona que adquiere el bien o el derecho real. Por ejemplo, cuando se compra una vivienda de segunda mano, el obligado al pago del ITP es el comprador.

¿Qué plazo existe y dónde se debe abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El plazo es de 30 días hábiles, contando a partir del día siguiente al que se adquiere el bien mueble o inmueble o los derechos a través de contrato, ya sea público o privado.

En cuanto a dónde se debe pagar el ITP, este tributo está cedido a las comunidades autónomas, por lo que su abono se deberá realizar en la Delegación de Hacienda de la comunidad autónoma. Para ello, hay que rellenar y presentar el impreso oficial.

Es importante conocer las diferencias entre haber realizado escritura pública o contrato privado a la hora de realizar el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales:

  • Escritura Pública: Se debe presentar la primera copia y copia simple creada en la notaria, además del DNI o CIF.
  • Contrato privado: Se debe presentar el original y una copia del contrato formalizado. También es obligatorio aportar el DNI o CIF.

¿Qué porcentaje de ITP se debe pagar? Cuota tributaria

En cuenta a la cuota tributaria, es decir, lo que se debe pagar en concepto de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, debemos diferenciar los siguientes supuestos, si la comunidad autónoma no lo regula de manera diferente:

  • 1% en la constitución de derechos reales de garantía, pensiones, fianzas o préstamos. También se aplicará para la cesión de créditos de cualquier naturaleza.
  • 4% para la transmisión de bienes muebles. También se aplica un 4% en la constitución y cesión de derechos reales, excepto a los derechos reales de garantía.
  • 6% a la transmisión de inmuebles, así como la constitución y cesión de derechos reales sobre los mismos, excepto a los derechos reales de garantía.

Venta de vivienda e impuestos

Como hemos señalado anteriormente, cuando se compra una vivienda de segunda mano hay que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. ¿Qué impuesto se debe pagar cuando se vende una vivienda?

El principal tributo que se abona al vender una vivienda es la plusvalía municipal. Se trata de un polémico impuesto, el cual consideramos que está técnicamente mal aplicado. El vendedor podría recuperar el 100% de lo pagado de más por la plusvalía municipal, pues ni el ayuntamiento ni los jueces pueden suplir la inconstitucionalidad de la ley. Es por esto por lo que en reclamador.es entendemos que procede la nulidad de las liquidaciones.

La plusvalía municipal se debe pagar tanto en la venta de una vivienda, como cuando se produce una herencia o donación de un inmueble.




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