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Las empresas de redes sociales deben hacer más para cumplir la petición formulada por la Comisión Europea y las autoridades de consumo de los Estados miembros para ajustarse a la normativa de la UE en materia de consumo.

Facebook, Twitter y Google+ acaban de hacer públicos los cambios para ajustar sus condiciones de servicio a las normas de protección de los consumidores de la UE.

Esos cambios beneficiarán de inmediato a los más de 250.000 consumidores de la UE que utilizan los medios sociales. Los consumidores de la UE no se verán obligados a renunciar a derechos inalienables tales como el de cancelar una compra en línea; podrán presentar sus reclamaciones en Europa, en lugar de tener que hacerlo en California; y las plataformas asumirán su parte equitativa de responsabilidades hacia los consumidores de la UE, de forma similar a los prestatarios de servicios fuera de línea. Sin embargo, los cambios solo cumplen en parte los requisitos establecidos en la legislación de la UE sobre consumidores.

Mientras que las propuestas más recientes de Google parecen ajustarse a lo pedido por las autoridades de consumo, Facebook y, sobre todo, Twitter solo han resuelto en parte cuestiones tales como su responsabilidad y la manera en que informan a los usuarios acerca de la posible retirada de contenidos o la resolución de su contrato.

En lo que respecta al «procedimiento de notificación y acción» utilizado por las autoridades de protección de los consumidores para notificar y solicitar la supresión de contenidos ilegales, los cambios introducidos por algunas empresas son insuficientes. Mientras que Google+ ha establecido un protocolo, con plazos, para tramitar las solicitudes, Facebook y Twitter solo han aceptado facilitar una dirección de correo electrónico específica que las autoridades nacionales pueden utilizar para notificar las infracciones, sin comprometerse a tramitar tales solicitudes en plazos concretos.

Las medidas ejecutivas se empezaron a aplicar en noviembre de 2016, a raíz de numerosas denuncias de consumidores que habían sufrido fraudes o estafas al usar esos sitios web, además de haber quedado sujetos a determinadas condiciones de servicio que no respetaban la legislación de la UE en materia de consumo.

Desde entonces, los operadores de redes sociales han acordado en concreto modificar lo siguiente:

las condiciones de servicio que limitan o excluyen totalmente la responsabilidad de las redes sociales en relación con la prestación del servicio;
las condiciones que exigen a los consumidores renunciar a los derechos inalienables de los consumidores de la UE, tales como el de cancelar una compra en línea;
las condiciones que privan a los consumidores de su derecho a acudir a los órganos jurisdiccionales de su Estado miembro de residencia y disponen la aplicación del Derecho de California;
la condición que exime a la plataforma de la obligación de señalar las comunicaciones comerciales y los contenidos patrocinados.

Las empresas se comprometieron a aplicar los cambios en sus condiciones de servicio en todas las versiones lingüísticas durante el primer trimestre de 2018.

Como ya indicaba en su Comunicación sobre la lucha contra los contenidos ilegales en línea publicada en septiembre de 2017, la Comisión cuenta con que las plataformas en línea detecten, eliminen y prevengan de forma rápida y proactiva los contenidos ilegales en línea. La Comisión está trabajando actualmente en las medidas consecutivas a esta Comunicación.

Las autoridades nacionales de consumo y la Comisión supervisarán la aplicación de los cambios prometidos y utilizarán activamente el procedimiento de notificación y acción facilitado por las empresas. Se centrarán en los contenidos comerciales ilegales relativos a suscripciones no deseadas y otros fraudes. Además, las autoridades podrán tomar medidas, incluidas medidas ejecutivas, cuando proceda.

La Comisión presentará en abril un «nuevo marco para los consumidores». Esta reforma se propone modernizar el Derecho vigente en materia de consumo y garantizar su adecuado cumplimiento.




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