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  • El juzgado rechazó inicialmente la condición de perjudicado del denunciante y la petición de que se investigara en el mismo procedimiento la desaladora de Escombreras, el desarrollo de Novo Carthago y el aeropuerto de Corvera

El juzgado de Instrucción número 9 de Murcia archiva el procedimiento abierto tras una inicial querella de la mercantil Inmonuar S.L. por una supuesta “trama piramidal” de corrupción urbanística en la Región de Murcia.

La magistrada, de acuerdo con la petición de la fiscal, decreta el sobreseimiento provisional de la causa, que se anunciaba “como causa general contra la corrupción urbanística en la Región de Murcia”.

Según relata la resolución, el letrado que la representaba, decía ser perjudicado, pretendiendo, además, que se instruyera en el mismo procedimiento la creación de la desaladora de Escombreras, la causa conocida como Novo Carthago y el aeropuerto de Corvera.

Con esta resolución, se archivan las últimas actuaciones relativas a este procedimiento, una vez que todas las peticiones de acumulación fueron rechazadas al inicio del procedimiento por carecer de conexidad, en el caso del aeropuerto, y por existir procedimientos en marcha en los otros dos casos. E igualmente, se rechazara la condición de perjudicado del querellante.

El Fiscal, en dictamen de 2016, entendió que la única materia que podría tener entidad penal y debía ser indagada, sería determinar si con la creación del Ente Público del Agua se trató de eludir por parte del gobierno regional el obligatorio dictamen de la Confederación Hidrográfica en cuanto a la existencia de los recursos hídricos necesarios para el desarrollo del planeamiento urbanístico. “En definitiva, si el dictamen del EPA podría sustituir al de la CHS, orillando así los inconvenientes que el organismo de cuenca pudiera oponer”.

Para concluir que, como recoge tras un análisis detallado el informe fiscal, transcrito en el auto de archivo, “de los 26 municipios que suscribieron el convenio con el EPA fácilmente se puede comprobar que en ningún caso el convenio con la EPA suplió el informe de la CHS, siendo lo cierto que el mismo informe prestado por la CHS fue interpretado de distinta manera en cada uno de los PGOU en que se prestó”.




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