lawandtrends.com

LawAndTrends



  • A diferencia de Chile (y España), el proceso de digitalización alemán se ha venido gestando desde 2001 y aún quedan etapas pendientes para 2018 y 2022, fecha en que debería estar operando con normalidad.

Sofía Martin

La tramitación digital de expedientes en la justicia civil se va a aplicar en la capital chilena en pocos días más, en contra de la opinión de especialistas, que consideraban que esta forma de llevar los procesos debía ser parte de un todo coherente, dado por la vigencia de un nuevo Código Procesal Civil, cuya discusión fue paralizada en el Congreso.

En este contexto, durante abril pasado se reunieron representantes de distintos estamentos en un seminario organizado en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica.

Uno de sus exponentes fue el profesor de la U. de Chile Raúl Tavolari, quien dio a conocer cuál había sido la experiencia alemana en este tema.

Aquí reproducimos el documento que el académico tuvo a la vista durante su ponencia:

I. Las razones de la prudencia

tenidas en cuenta en Alemania para proceder con calma y esmero en la adopción de un sistema de tramitaciones judiciales digitales, fueron, en general, resguardar los siguientes aspectos:

1. Pérdida de datos: problema global de internet.
2. Uso abusivo de datos: hackeo.
3. Protección de datos personales relevantes.
4. Reglas de utilización de datos.
5. Es dudoso que todas las administraciones de justicia dispongan de medios financieros y capacidades técnicas, para trabajar con los documentos electrónicos.
6. Las actas de las audiencias podrán ser distribuidas a miles de usuarios anónimos con un solo clik.
7. Los documentos electrónicos pueden manipularse y falsearse con mayor facilidad que los escritos.
8. Problema del archivo a largo plazo de los documentos electrónicos con el cambio constante de las tecnologías.
9. La administración de justicia pasa a depender de la tecnología.
Los documentos electrónicos dejan huellas que permiten rastrear de donde se elaboraron, a que hora, etc. La transparencia del trabajo judicial es necesaria, pero contiene un componente subjetivo que también debe ser protegido.

II. La evolución legislativa alemana

Se han dictado las siguientes leyes:

13.07.2001: Ley para la adaptación de la normas al trafico jurídico moderno.

25.06.2001: Reforma del procedimiento de notificaciones (estableció los requisitos para la interposición de escritos electrónicos y la practica de notificaciones electrónicas).

16.05.2001: Ley que establece las condiciones de la firma electronica.

22.03.2005: Ley para la utilización de formas de comunicación electrónica en la Justicia: estableció la posibilidad facultativa, en el Ordenamiento Procesal Civil y en los ordenamientos de jurisdicciones especiales de llevar un expediente electrónico, y la posibilidad en el proceso penal de interponer documentos electrónicos.

10.11.2006: Ley de registro de comercio electrónico, de registro de cooperativas y empresas

11.08.2009: Ley para introducir el trafico jurídico electrónico y los documentos electrónicos al proceso registral.

10.10.2013: Ley para la promoción de la tramitación electrónica en los tribunales, dispuso:

i) la obligación a todos los abogados colegiados a obtener un correo de abogado electrónico, para que le fuera enviada la correspondencia jurídica, a más tardar al 1.1.2016.

ii) la obligación a los tribunales civiles y especiales a cumplir con las condiciones técnicas y organizacionales para cumplir con un acceso a la justicia seguro, a más tardar al 1.1.2018.

iii) que a más tardar, el 01.01.2022, tendrán los abogados que obligatoriamente realizar todas las comunicaciones y presentaciones con los tribunales en forma electrónica.

Reproducción autorizada por Idealis Lex ReportsVer artículo original




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad