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  • La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ cree que el Pacto de Estado debe implicar a toda la sociedad en la lucha contra esta lacra

La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial, María Ángeles Carmona, abrió el Curso de especialización en asistencia a víctimas de violencia de género que organiza el Centro de Estudios del Colegio de Abogados de Oviedo en colaboración con la Asociación de Abogadas para la Igualdad y lo hizo ensalzando la legislación española en esta materia -“que está a la vanguardia de los países de nuestro entorno”-, pero reclamando “ir un paso más allá”. Y ese avance se producirá, explicó, gracias al Pacto de Estado contra la Violencia de Género “que debe conseguir la implicación de toda la sociedad en la lucha contra la violencia de género. Este pacto, añadió, “va a tener una repercusión importantísima porque va a modificar muchas leyes y protocolos de actuación y va a permitir que se mejore la coordinación de todas las administraciones implicadas”.

Uno de los aspectos en los que más se debe incidir, según Carmona, es en la sensibilización y prevención, entendiendo que la violencia de género es un problema que afecta a toda la sociedad y no sólo a las víctimas. En este sentido subrayó la necesidad de insistir constantemente en la formación de todos los operadores jurídicos, de los maestros y profesores para que en las aulas se fomente la igualdad y el respeto.

La presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género considera que existen fallos del sistema que no se pueden permitir como prueba el hecho de que sobre algo más de un millón de denuncias estudiadas, se dictaron 452.000 sentencias de la cuales sólo el 26% son condenatorias. “¿Dónde está el resto?”, se preguntó María Ángeles Carmona, para responder que en su mayor parte se debe a que las mujeres se acogen a la dispensa de no declarar. Al respecto, consideró positiva la propuesta formulada por el Consejo General de la Abogacía Española en relación al artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que la mujer no tenga la obligación de prestar juramento a la hora de declarar.

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