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  • Clamor entre las asociaciones judiciales que piden al CGPJ que solvente esta situación donde quedan al descubierto  ciertos datos personales de los propios jueces y magistrados.

Modernizar la justicia hasta hacerla digital está generando muchos problemas de implantación. Uno de ellos tiene que ver con la firma electrónica que hacen los magistrados de sus resoluciones. En la mayoría de los casos y detectado por la Junta de Jueces de Guadalajara, queda visible el Documento Nacional de Identidad del juez, lo que es un elemento atentatorio de su privacidad. En ese acuerdo del pasado 17 de mayo se pedía desde la citada Junta de Jueces al CGPJ amparo para que solucionase el problema ante la situación que está generando.

 Con posterioridad las cuatro asociaciones judiciales, APM, Asociación Profesional de la Magistratura, Asociación Jueces Francisco de Vitoria, AJFV, Jueces para la Democracia y Foro Judicial independiente han suscrito una carta conjunta de protesta donde se incide en la cuestión de privacidad que se vulnera con esa firma digital y reclaman al CGPJ que solvente esta situación generada por las propias tecnologías.  A última hora de ayer la Comisión Permanente del CGPJ se había reunido para tratar el tema y pedir a Justicia que resuelva este problema.

Grave riesgo para la privacidad y seguridad

Este asunto, uno más, en los problemas de implantación de la tecnología en nuestra justicia, ha sido descubierto desde la Junta de Jueces de Guadalajara. Su Juez decano, Jesús Villegas nos comenta el acuerdo que tomó esta entidad al respecto:

Los Jueces del Partido Judicial de Guadalajara, reunidos en Junta General con fecha 17-V-2016, advierten del grave riesgo que entraña para la privacidad y seguridad personal de jueces y magistrados que el número del Documento Nacional de Identidad aparezca públicamente en las resoluciones judiciales que firman electrónicamente a través del sistema de expediente digital y solicitan amparo del Consejo General del Poder Judicial para que se dirija urgentemente a la autoridad competente a fin de que corrijan dichas disfunciones.

Pese a la gravedad que para nuestra privacidad e integridad personal supone, incluso con eventual violación de la normativa de protección de datos, el sistema de firma electrónica lo utilizaremos inicialmente para evitar cualquier perjuicio a los ciudadanos, sin perjuicio de que, si transcurrido el plazo de un mes a partir de la fecha de esta Junta no se han arbitrado mecanismos de firma digital satisfactorios, se celebrará otra para la adopción de las medidas legales procedentes y la práctica de procedimientos de firma alternativos”.

Villegas miembro de la Sala de Gobierno de Castilla-la Mancha ha comentado también que propuso el siguiente punto del orden del día para la próxima reunión.

"La Sala de Gobierno del Tribunal de Justicia de Castilla La Mancha se dirige al Consejo General del Poder Judicial a fin de que éste promueva de la autoridad competente las siguientes medidas:

1) Que, cuando los jueces o magistrados firmen mediante cualquiera de los sistemas informáticos previstos en el expediente digital alguna resolución que haya de comunicarse a las partes o profesionales jurídicos, no aparezca el número de su DNI.

2) Que se dote a los jueces y magistrados de un número de identificación profesional similar al que ya poseen los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que, sin perjuicio de la normativa actualmente vigente, constituya su forma ordinaria de identificación ante los usuarios de la Administración de Justicia."

Asociaciones judiciales entran en liza

En una carta enviada hace unos días, las asociaciones judiciales solicitan a la Comisión Permanente del CGPJ una solución al problema que está generando la firma electrónica en los escritos de los jueces.

De hecho se insiste en que la a publicación de datos personales, como el número de DNI, o en otro ámbito, el correo profesional, no solo constituye una flagrante vulneración de la Ley Orgánica de Datos de Carácter Personal, sino que, siendo innecesaria para acreditar la identidad del autor de la resolución, introduce un riesgo inadmisible para la seguridad de quienes, por la naturaleza de su actividad, están en permanente contacto con situaciones límite que afectan a los bienes jurídicos básicos de las personas, por no recordar la investigación y sanción de las peores fórmulas de delincuencia (piénsese en la Audiencia Nacional, Juzgados de Instrucción que investigan terrorismo, delincuencia organizada, corrupción…. Juzgados de lo Penal o Audiencias Provincial que enjuician esos delitos…).

También se señala en dicha información que  incumbe al Consejo General del Poder Judicial garantizar las condiciones para que la labor jurisdiccional pueda ser ejercitada con la independencia inherente a la función y que quedaría gravemente afectada si datos de carácter personal trascendiesen y pudiesen convertirse en elementos de perturbación, acoso o medios para dañar. 

Las asociaciones que firman el comunicado  reclaman que se adopten de manera inmediata las medidas técnicas para evitar que, en la notificación de las resoluciones firmadas electrónicamente, consten otros datos diferentes del nombre y apellidos del Juez o Magistrado, cuerpo y cargo al que pertenece.

 En particular, se interesa que se adopten las medidas para que el destinatario no pueda acceder a datos de carácter personal del firmante, como el número de documento nacional de identidad, sea directamente, sea a través del CSV en la página web de la Administración.

 Asimismo, y dado que hasta la fecha no consta que se hayan articulado los medios necesarios para facilitar el acceso a distancia y que no puede accederse a los órganos judiciales fuera de determinados horarios ni en fines de semana, que es cuando gran parte de los Jueces aprovechan para continuar desarrollando su labor ante la carga de trabajo que pesa sobre los órganos jurisdiccionales y que  excede ampliamente los módulos ordinarios, se solicita que se adopten las medidas para garantizar dicho acceso.

 Por si se estimara conveniente, las Asociaciones Judiciales muestran su absoluta disposición a reunirse a la mayor brevedad con la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial o los miembros del Consejo General del Poder Judicial que se designen, para exponer la problemática suscitada y abordar soluciones en común.

 

 

 

 




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