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Según un reciente estudio elaborado por el observatorio de Cash Management, el 74% de las empresas españolas sufre efectos negativos por imagos y un 13% está en riesgo de cierre por la misma causa. En mis años de  ejercicio profesional como letrado de empresas, he visto cómo muchos negocios en sí mismos rentables, no han tenido éxito por no tener en cuenta una máxima mercantil básica: no es lo mismo vender que cobrar, si vendes pero no cobras es mejor que no hubieras vendido.

Dicho esto, en este post señalaré algunos errores garrafales que una empresa no debe cometer:

1.- No documentar los derechos de crédito. Lo primero de lo que debemos disponer cuando empezamos a vender a nuestros clientes son documentos que justifiquen perfectamente los cobros a los que tenemos derecho y regulen las relaciones con los mismos: fundamentalmente contratos, y albaranes (en caso de entrega de mercancías). Si nuestros derechos de crédito no están bien documentados y hemos de terminar reclamándolos judicialmente, nuestras posibilades de cobro se verán mermados cuando no insatisfechas (una cosa es tener buenos abogados y otra milagreros: los milagros a Lourdes).

2.- Fiar el cumplimiento de las obligaciones a la buena amistad. Incluso a empresarios o directivos que tienen por nomra general documentar bien sus operaciones, en ocasiones sufren una importante deuda incobrada. Normalmente se trata de casos en los que por amistad o confianza se incumple la norma general de documentar bien las operaciones. Aunque contrate con uno de sus mejores amigos, firme un contrato que delimite perfectamente las obligaciones de las partes; evitará malentendidos y le ayudará a que al final se quede sin amigo y sin cobrar.

3.- No controlar los plazos de prescripción. Como decía el poeta latiino Virgilio “tempus fugit” y eso afecta también a las deudas que terceros tienen con nuestra empresa. Si las facturas se abandonan en los cajones,  nos podemos encontrar con que cuando las queramos reclamar, judicial o extrajudicialmente, ya estén prescritas.

4.- No tener un protocolo bien delimitado de gestión de cobros. Tardar demasiado en actuar. Debe procedimentarse perfectamente qué personas de la compañía se encargarán de gestionar el cobro de las deudas, cúando debe enviarse un recordatorio de pago, un requerimiento extrajudicial y/o el traslado a los abogados del expediente.

5.- No informarse sobre con quíen se contrata. Las prisas por vender pueden llevarnos a vender sin cobrar. Para pedidos de producto o encargos de servicios importantes, es crucial informarse bien de con quíén vamos a contratar. Ademaás de determinados servicios como Axesor con los que es posible acceder a información relevante como datos contables, incidencias judiciales, etc.. conviente tener en cuenta referencias de personas de confianza.

 

 

 




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